Las hipotecas con cláusula suelo, una alegría para tus ahorros.

Con el boom inmobiliario de hace unos años, las entidades financieras abrieron el grifo de los préstamos hipotecarios indiscriminadamente. Sin embargo, como medida de protección, en algunos de esos contratos suscritos con consumidores algunos bancos y cajas incluyeron una medida abusiva: la denominada “cláusula suelo”.Una reciente sentencia, del 21 de diciembre de 2016, del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha revolucionado el litigio por las cláusulas suelo. El tribunal europeo obliga a las entidades bancarias españolas a devolver todo el dinero cobrado de más a sus clientes por medio de este sistema. Además, el TJUE amplia la retroactividad de esta medida a la de la fecha de contratación de la hipoteca en cuestión.

Bruselas “corrige” al Tribunal Supremo español

El Alto Tribunal de España ya había fallado, en una sentencia del 9 de mayo de 2013, la nulidad de esas cláusulas incluidas en “los contratos hipotecarios poco transparentes”. El Supremo, con aquella sentencia, también obligaba a los bancos y cajas que se hubieran beneficiado de esa medida a devolver las cantidades extraordinarias fruto de las cláusulas suelo. Sin embargo, la justicia española limitaba ese derecho a quienes hubieran contratado una hipoteca después de la fecha de su sentencia, es decir, a partir de mayo de 2013.Ahora, Bruselas da un paso más allá y dicta la obligatoriedad de la devolución por parte de las entidades financieras de los beneficios derivados de las cláusulas suelo con retroactividad total, hasta la fecha misma de la firma del contrato hipotecario abusivo.

Serio correctivo para los bancos y cajas españolas

Esto supone una penalización importante para la banca española que deberá hacer frente a pagos millonarios de algo más de 4.000 millones de euros. Será en concepto de devolución por aquellas cláusulas, que incluían más de 1,5 millones de préstamos, y que blindaban a la entidad bancaria frente a progresivas bajadas del Euribor -como índice habitual de referencia hipotecario- por debajo de un determinado valor.Las lista de entidades deudoras de esas cantidades, indebidamente cobradas, está encabezada por CaixaBank, BBVA y Popular, que son los bancos que tendrían que abonar un mayor importe de devoluciones. Les siguen el Sabadell y, a mayor distancia, Bankia. Pero en este listado de obligados pagadores aparecen también entidades más pequeñas como Unicaja, Liberbank, Kutxabank, Abanca, Ibercaja, Banca March, BMN y varias cajas rurales.

¿Código de buenas prácticas vs un procedimiento obligatorio?

La sentencia dictada por el máximo órgano judicial europeo ha revolucionado el panorama financiero nacional en los últimos días. Sin embargo, el Gobierno español ha acatado el dictamen del TJUE con la premura y efecto marcados por Bruselas y había propuesto la aprobación, por medio de decreto ley, de un código de buenas prácticas al que deberían adherirse las entidades financieras afectadas. No obstante, el PSOE –principal partido de la oposición- ha exigido un procedimiento obligatorio y no discrecional para asegurar la devolución de esas cantidades a los consumidores afectados, sin necesidad de acudir al cauce judicial. Por su parte, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, se ha comprometido a encontrar esa solución extrajudicial para la crisis provocada por las cláusulas suelo.Sin embargo, Hacienda ya se ha adelantado a anunciar su presencia efectiva en ese proceso de devolución, con las posibles implicaciones fiscales que ello conlleve al contribuyente que perciba el abono de dichas cantidades. Por tanto, si eres uno de los afectados por una hipoteca con cláusula suelo puedes estar seguro de cobrar la plusvalía que has pagado a tu entidad desde la contratación de tu préstamo hipotecario… Sin duda, una alegría para tus ahorros. Pero, al mismo tiempo, desde Cobalto te prevenimos de que probablemente debas hacer también el abono a Hacienda de las cantidades deducidas en concepto de IRPF en las declaraciones afectadas por esa hipoteca. Cara y cruz, en definitiva, de otra sentencia que defiende al consumidor frente a una medida abusiva de las entidades bancarias, al igual que está ocurriendo con la mayoría de las resoluciones judiciales por la venta fraudulenta de acciones preferentes.