>Los seres humanos somos el único animal que muere dejando plusvalías. Tener que asegurar el sustento durante la jubilación obliga a acumular un capital que no siempre terminaremos de consumir. Este capital y la vivienda es lo que constituyen principalmente las herencias.
Dentro de este capital lo más normal es que haya diferentes activos, pero principalmente planes de pensiones, acciones y fondos de inversión. Los primeros quedan fuera de la maasa hereditaria, pero no así los dos últimos. ¿Qué hacer en caso de heredar un fondo de inversión? ¿Cuál es el proceso que debemos seguir?
El proceso de las herencias es más complejo de lo que debería teniendo en cuenta lo triste del momento. El motivo es que como siempre que hay intereses económicos pueden surgir disputas o discrepancias. Si existe un testamento de por medio todo será mucho más sencillo, pero si no el proceso puede complicarse.
En caso de no haber testamento el orden a la hora de cobrar la herencia será el siguiente:
Y estos son los pasos a seguir dentro del proceso de la herencia:
Una cuestión clave si no quieres que cobrar una herencia termine por arruinarte: a no ser que estés seguro de que la persona no tenía deudas, nunca la aceptes directemente, hazlo a beneficio de inventario. De esta forma primero se hará un inventario de bienes y deudas, se liquidarán las segundas y heredarás lo que sobre, pero no las deudas en caso de que con lo que tenía el difunto no llegase para pagarlas. En este artículo te explicamos mejor cómo funciona todo el proceso para no heredar deudas.
Los fondos de inversión forman parte de la masa hereditaria y cuentan con la ventaja adicional de que pueden cobrarse de forma anticipada para hacer frente al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones siempre que Hacienda lo estime oportuno y lo autorice.
Al heredar un fondo de inversión lo único que ocurre es que las participaciones del fondo cambian de titular y pasan a estar a nombre de los herederos. A partir de ahí como heredero puedes hacer lo que quieras con tu fondo: venderlo, traspasarlo o quedártelo. Tú decides.
A efectos fiscales el precio de compra será el del valor de las participaciones a fecha del fallecimiento y lo mismo ocurre con las acciones.
Cuando hay más de un heredero las participaciones del fondo se dividen entre ellos para proceder al cambio de titularidad y, de nuevo, cada uno puede hacer lo que desee con ellas. Lo recomendable en cualquier caso es valorar de qué fondo se trata y si éste encaja o no con nuestros objetivos financieros a largo plazo. Y es que puede ser que se trate de un tipo de fondo de inversión defensivo si la persona fallecida estaba cercana a la jubilación o de un fondo de reparto si estaba jubilada cuando a nosotros nos interesa uno que asuma algo más de riesgo.
Un asesor financiero independiente puede ayudarte a decidir qué hacer con ese fondo o esa cartera que has heredado. Contacta con Cobalto e infórmate.