“Dime en qué inviertes y te diré qué nivel de seguridad tiene tu capital inmovilizado”. Ése podría ser el más ajustado de los proverbios a la hora de hablar del grado de riesgo que adquieres como inversor. Conservador, moderado o amante de emociones (y rentabilidades) fuertes… El ahorrador se enfrenta a una realidad inversora que, en función del tipo de producto contratado, le reportará mayor o menor rentabilidad y, con ella, le asignará un nivel de riesgo determinado.Por ese motivo, es importante que conozcas la seguridad que avala a cada tipo de inversión. Debes informarte de si existe algún tipo de respaldo o compensación que respalde esa parte de tu capital, en caso de que las fluctuaciones de mercados y la volatilidad de los valores no vayan en la dirección más ventajosa para tus intereses.
En Cobalto hemos preparado una relación de productos de inversión con su correspondiente grado de seguridad y capitalización, frente a posibles imprevistos no deseados. Pasen e inviertan, pero no olviden leer la letra pequeña de cada “receta inversora”.1.Si estás pensando en invertir en el extranjero como persona jurídica, te alegrará saber que existe una Compañía de Seguro de Crédito a la Exportación (CESCE) que, a cuenta del Estado, se hace cargo de los riesgos adquiridos por las empresas españolas que invierten en el exterior. Este seguro de inversiones, pretende dotar al empresario español de una flexibilidad inversora que le permita diseñar una planificación óptima para sus intereses. Sin embargo, este tipo de póliza cubre un máximo del 99 por ciento del capital invertido fuera de nuestras fronteras, pero sólo en materia de riesgos políticos en el país de destino. Esas anomalías políticas incluyen la falta de transparencia por situaciones de crisis económica, expropiaciones y limitaciones de los derechos del inversor por parte de las autoridades del país receptor de la inversión, así como el incumplimiento de compromisos adquiridos por esas mismas autoridades. La póliza de inversiones en el exterior también incluye como supuesto asegurado las guerras y situaciones asimiladas.2.En el caso de que te decantes por inmovilizar parte de tu capital en un depósito bancario o dejarlo en una cuenta corriente, debes saber que, en primera instancia, ese capital está avalado por la propia solvencia de la entidad financiera que los comercialice. En el supuesto de que ese banco o caja no pudiera hacer frente a numerosos y simultáneos reembolsos a sus clientes, entraría en escena el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria). Este organismo activaría un proceso de saneamiento de la entidad en cuestión o decretaría su venta a una tercera entidad donde el capital del cliente estaría disponible para cualquier reembolso deseado.Sin embargo, existe otra casuística posible. La de que, siguiendo el consejo del FROB, un juez de luz verde al concurso de acreedores de la entidad en la que invertimos nuestro capital. En ese escenario, el llamado Fondo de Garantía de Depósitos se haría cargo del reintegro de hasta 100.000 euros por titular y cuenta. Por encima de esa cifra, el inversor tendría que acatar la resolución del proceso concursal.3.Los fondos son otra de las alternativas más comunes a la hora de invertir nuestros ahorros. Dependiendo de la composición de la cesta de valores de esos productos, las posibilidades de rentabilidad serán mayores o menores y, con ellas, el nivel de riesgo adquirido.Si la arquitectura del fondo se basa en renta fija, el grado de seguridad para nuestros ahorros será mayor en detrimento de una menor rentabilidad. Por el contrario, si ese fondo da entrada en su estructura a renta variable, las cotas de rentabilidad aumentan de manera casi proporcional al nivel de riesgo asumido por el inversor.Aparte de estas consideraciones sobre la naturaleza del fondo, cabe resaltar que son productos que se ubican fuera del balance bancario, porque invierten en activos que están custodiados por una entidad depositaria independiente. Por esta razón, la inversión en fondos se desvincula de una posible quiebra del banco o gestora que los comercializa. De esta manera, las inversiones en fondos -incluso en depósitos vía fondo- no estarían protegida por el Fondo de Garantía de Depósitos.Los fondos de inversión ofrecen, a diferencia de los depósitos bancarios, una mayor liquidez y la posibilidad de reembolso o traspaso de capital con una alta periodicidad.4. La alternativa de la deuda pública o de invertir en renta fija de carácter privado, se circunscribe a la solvencia del estado o entidad en cuestión.Dentro de la gama de deuda pública del Estado español, el ahorrador puede optar por comprar letras, bonos y obligaciones del Tesoro. Suelen ser productos con baja rentabilidad pero con las mayores cotas de seguridad para el inversor. En caso de quiebra del estado emisor, entraría en el juego de la negociación el establecimiento de una quita que eximiría al estado en cuestión del reembolso de una parte del capital depositado por el ahorrador.5. Si tu apuesta es la inversión enbolsa, sin duda haces gala de un perfil de inversor arriesgado que busca las mayores cotas de rentabilidad posibles. En este escenario de inversión, los accionistas de una empresa no cuentan con ningún tipo de seguridad en caso de quiebra de esa entidad. De hecho, se sitúan, por definición, en el último puesto del denominado “orden de prelación de pagos” por detrás de acreedores y proveedores. Además, la compra de acciones no está asegurada en ningún caso por la posible solvencia de la entidad que contratamos para la compra de esos títulos. La razón es que las acciones son títulos personales y nominales de quienes las adquieren.6. Otra posibilidad inversora son los denominados seguros de ahorro o seguros de inversión. Son productos ofrecidos por compañías aseguradoras que, normalmente, ofrecen mayor rentabilidad para tus ahorros que un depósito bancario, a cambio de un periodo más elevado de inmovilización de ese capital.Suelen incluir cobertura por fallecimiento, si adoptan un formato de seguro de vida. En tal caso de fallecimiento del titular, aseguran un desembolso monetario a sus herederos que, sin embargo, no suele ser elevado porque son concebidos ya en su creación como productos de ahorro.En el supuesto de los seguros de ahorro, el respaldo y la seguridad para el inversor dependen íntegramente de la viabilidad financiera de la compañía aseguradora que comercializa este producto.